Todas las colecciones
Remuneraciones
Movimientos
Ley 21232 que modifica 21227 Protección al Empleo (Septiembre 2020)
Ley 21232 que modifica 21227 Protección al Empleo (Septiembre 2020)
Actualizado hace más de una semana

Suspensión Laboral

La Suspensión Laboral puede ser parcial o el mes completo aquello es indicado por el empleador, ya sea por acto de autoridad (cuarentena) o se acuerde un pacto de reducción con el trabajador.

Para Poder utilizar esta modalidad debes ir a:

Movimientos → Haberes Descuentos → Agregar, y utilizar el código de haber “933“, e indicar la cantidad de días a utilizar:

1__2_.png

También es necesario que justifiques la reducción de jornada, para aquello debes ingresar a:

Movimientos → Movimientos de Personal → Agregar, debes seleccionar “SUSPENSIÓN POR ACTO DE AUTORIDAD“ O “SUSPENSIÓN POR PACTO“.

2__2_.png

El empleador tendrá la obligación de:

1- Para calcular AFP y SIS la base sobre la cual se realizará el cálculo es el promedio de los últimos 3 montos imponibles anterior a la suspensión. En el primer mes se calcula sobre el 70% del promedio; el segundo sobre el 55%; el tercero sobre el 55%; el cuarto sobre el 55%; el quinto sobre el 55% y el sexto mes o superior sobre el 50%. Tal como indica la siguiente tabla:

2. Cálculo de Salud, Seguro de Cesantía y Ley Sanna: Se cotizan sobre el 100% de la renta imponible del trabajador del último mes antes de acogerse a suspensión.

Cotización de accidente del trabajo: NO SE COTIZA.

Días trabajados, si es por el mes completo: debe informar 30 días.

Renta imponible del mes anterior al inicio de la suspensión

Tener en cuenta que para generar este movimiento el trabajador debe tener registrado al menos 2 liquidaciones anteriores, si necesitas más información de aquello favor te pedimos consultar con tu asesor tributario o contador, dado que Nubox no presta este tipo de Servicios

Reducción de Jornada

Para Poder utilizar esta modalidad debes ir a:

Movimientos → Haberes Descuentos → Agregar, y utilizar el código de haber “934“, e indicar el porcentaje de reducción tal como se indica en el ejemplo:

3__1_.png

También es necesario que justifiques la reducción de jornada, para aquello debes ingresar a Movimientos → Movimientos de Personal → Agregar, debes seleccionar “REDUCCIÓN DE JORNADA LABORAL".

4__1_.png

Para efectos de los cálculos, el porcentaje de reducción se aplicará sobre el resultado proveniente del promedio de los montos imponibles devengados en los últimos tres meses inmediatamente anteriores al periodo del pacto. Esta base aplica para:

  • Cotización Obligatoria AFP y SIS.

  • Cotización de Salud, AFC y Ley Sanna.

  • Cotización de accidente del trabajo.

  • Si necesitas más información respecto a las condiciones para acogerse a este beneficio favor te pedimos consultar con tu asesor tributario o contador, dado que Nubox no presta este tipo de Servicios

Además, te dejamos algunos artículos donde puedes conseguir información adicional:

Si necesitas ayuda adicional, puedes escribirnos a nuestro chat o al correo soporte@nubox.com y uno de nuestros agentes revisará tu caso para darte respuesta lo más pronto posible.

¡Nubox pensando en los que cuentan!

¿Ha quedado contestada tu pregunta?